sábado, 18 de agosto de 2007

Exposición # 14

Letra de Cambio y Pagaré


La letra de cambio: es un título de crédito formal, la cual debe cumplir con las formalidades expuestas en el artículo 410 del Código de Comercio.


Características de la letra de cambio

  • Es un documento físico por escrito.
  • Es un medio de pago.
  • Es un medio crediticio y
  • Es un título a la orden.

Los que intervienen en la celebración de la letra de cambio son:

  • Librador: es quien emite el documento.
  • Librado: es el obligado a pagar.
  • Beneficiario: es el que tiene el derecho de exigir el pago.

Pagaré: es una promesa escrita de pagar por si mismo una cantidad de dinero que se adeuda y según lo establecido en el artículo 486 del Código de Comercio; es un título a la orden.

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